LEGISLACIÓN SOBRE RESIDUOS - DINAMA

Reglamentación sobre disposición final de Residuos

DECRETO 349-2005.pdf
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Decreto 182-2013 DINAMA residuos.pdf
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jornada_ciu_5_04_2016_dinama decreto 182
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texto-de-manifiesto_16610.pdf
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Legislación

Conozca la normativa medioambiental; las leyes y decretos más relevantes que legislan sobre el medio ambiente en Uruguay.

Haga click sobre el decreto de su interés para accederlo.

Agua

Artículo 47 de la Constitución de la República
Establece la política nacional sobre aguas.

Código de Aguas Ley 14.859
Establece el régimen jurídico de aguas en Uruguay.

Decreto 253/79
Regula la prevención de la contaminación ambiental mediante el control de agua.

Residuos

 Residuos sólidos industriales 

Decreto 182/013
Establece el marco legal para la gestión integral de residuos sólidos industriales desde su generación hasta su disposición final, agua y tratamiento de efluentes líquidos.

 Ley de envases 

Decreto reglamentario 260/007
Reglamenta la Ley de Envases

Ley de uso de envases no retornables 17.849
Establece el marco legal para el uso de envases no retornables

Decreto 178/009
Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental y Autorizaciones
Ambientales

Energía

 Eficiencia energética y 
 energía renovable 

Diversificación de la matriz energética, Decreto 354/009
Promueve la generación de energía eléctrica de fuentes renovables no tradicionales.

 Energía Solar 

Ley de energía solar térmica 18.585
Legisla sobre la investigación, el desarrollo y la formación en el uso de la energía solar térmica.

Decreto modificando Ley 18.585, Decreto 325/012
Modifica artículos de la Ley 18.585 referidos a equipamiento de energía solar térmica.

Decreto Reglamentario de la Ley solar térmica 18.585, Decreto 451/011
Establece el marco jurídico atinente al equipamiento solar térmico y todos aquellos aspectos necesarios para el cumplimiento de la ley 18.585, incluyendo el tributario.

Pliego de Condiciones Técnicas para instalaciones de Energía Solar térmica, Decreto 314/010
Documenta las condiciones técnicas (PCT) para Instalaciones de Energía solar térmica.

Decreto Plan Solar, Decreto 50/012
Define la política del Plan Solar para el sector residencial, la promoción y financiación de Energía Solar Térmica (EST).

Decreto Energía Solar Fotovoltaica, Decreto 113/013
Reglamenta la generación de origen solar fotovoltaico.

 Energía eólica 

Decreto Nº 59-015 del 17.02.2015
Contratos de compraventa de energía eólica y energía solar fotovoltaica celebrados.

Decreto Nº 403-009 del 24.08.2009
Promueve la celebración de contratos especiales de compraventa con proveedores a instalarse en el territorio nacional, que produzcan energía eléctrica de fuente eólica.

Decreto Nº 23-014 del 30.01.2014
Se consideran las inversiones realizadas en proyectos de generación eólica destinadas al sistema interconectado nacional incluidas en el concepto de inversión del art. 3º del Decreto 2/2012 de 9 de enero de 2012.

Decreto 258/009
Realización del Mapa Eólico del Uruguay. Relevamiento a meso escala del recurso de generación eólica en todo el territorio nacional, a los fines de la promoción de la explotación de este recurso energético.

 Compraventa de energía 

Decreto 116/013
Se aprueba el precio de la energía demandada al sistema que el consumidor.

Decreto 433/012
Modifica el Decreto 158/012. Se sustituyen los art. 3 y 5 del Decreto Nº 158-012.

Decreto 158/012
Promueve la celebración de contratos de compraventa de energía entre UTE y Consumidores Industriales que produzcan energía eléctrica utilizando como fuente primaria la energía eólica.

Decreto 424/011
Incorporación de potencia de generación eléctrica al sistema nacional. Promueve la suscripción de contratos de compraventa de energía eléctrica con proveedores.

Decreto 377-009
Extinción de las disposiciones previstas en los Decretos 77-006, 397-007 y 299-008 a los contratos de compraventa de energía eléctrica celebrados por UTE y a las centrales asociadas a estos.

Decreto 299/008
Aplicación del numeral III) del artículo 2º del Decreto 397-007.
El artículo 2º, numeral III) del Decreto 397-007 sólo resulta aplicable a las centrales generadoras de porte.

Decreto 296/008
Extensión de disposiciones previstas en el Decreto 397-007.
Extender las disposiciones previstas en el Decreto 397-007 a los generadores adjudicatarios del llamado de UTE P34493.

Decreto 397/007
Sustitución del artículo 1º, complemento y modificaciones al Decreto 77-006.

Decreto 77/006
Contratos especiales de compraventa de energía eléctrica.
Promueve la celebración de contratos especiales de compraventa de energía eléctrica con proveedores que la generen a partir de energía eólica, biomasa o pequeñas centrales hidráulicas.

 Energía eléctrica 

Decreto de Microgeneración Eléctrica, Decreto 173/2010
Establece el marco para la microgeneración conectada a la red de distribución.

Decreto 349/005
Establece la remodelación de usinas de generación de electricidad.

 

Decreto 182/0113 artículo 4
Generación, trasmisión o distribución de energía eléctrica.

Autorización Ambiental Especial (AAE)

Última actualización: 17/08/2018 - Próxima actualización: 13/02/2019

Los organismos de la Administración Central no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Decreto N° 177/013).

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QUIERO ESTE TRÁMITE EN LÍNEA

·         ¿Qué es?

Requieren Autorización Ambiental Especial las siguientes actividades, siempre que hubieran sido construidas, autorizadas o puestas en operación sin haber requerido Autorización Ambiental Previa (AAP):

1.   Las unidades o complejos industriales o agroindustriales en operación a la fecha de entrada en vigencia del decreto 349/2005, que de cualquier forma ampliaran sus instalaciones o su capacidad productiva y que por sus características anteriores o las resultantes de la ampliación, quedarán comprendidas en cualquiera de las previstas para el numeral 19 del artículo 2.

2.   Las unidades o complejos industriales o agroindustriales en operación a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, que presentaran cualquiera de las características previstas para el numeral 19 del artículo 2º. Para estos casos, el Mvotma elaborará y publicará un plan de aplicación gradual por ramos, sectores, zonas o tipos.

3.   La minas a cielo abierto, a cualquier título, en operación a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto. Para estos casos, el Mvotma elaborará y publicará un plan de aplicación gradual por ramos, sectores, zonas o tipos.

4.   Las usinas de generación de electricidad existentes que se remodelarán, cuando ello implique un aumento de la capacidad de generación o el cambio de la fuente primaria utilizada, siempre que por sus características anteriores o las resultantes de la remodelación reúnan una capacidad de generación de más de 10 (diez) Megavatios. La remodelación podrá ser ejecutada bajo responsabilidad del titular, con la autorización en trámite, en las condiciones previstas en el literal “a” del presente artículo.

·         ¿De quién depende?

·         Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

·         Dirección Nacional de Medio Ambiente

                ¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?

Presencial:

·         Mesa de Entrada de la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama)Montevideo.

·         Dirección: Galicia 1133.

·         Teléfono: 2917 0710 internos 5607 / 4559.

·         Horario de Atención: De lunes a viernes 09:15 a 16:00 horas.

 

                ¿Qué se necesita para realizarlo?

Requisitos generales:

·         Nota de solicitud de la AAE, dirigida a la Señora Ministra de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, firmada por el titular del emprendimiento o su representante legal o apoderado y por el profesional responsable de la Evaluación Ambiental, registrado en Dinama. La nota deberá especificar el ámbito de aplicación según el artículo 25 del Decreto 349/005.

·         Si no es una persona física, se debe presentar además certificado notarial de personería jurídica del titular, acreditando la representación legal.

·         Acompañar la nota con una tabla que reseñe información general.

VER - Documentos requeridos para la solicitud de AAE

                ¿Cómo se hace?

Presencial:

0.   Presentándos con  toda la documentación requerida (en soporte papel y electrónico) en "Mesa de Entrada" de Dinama.

1.   Una vez se encuentre desarrollado el trámite electrónico de AAE en el Sistema de Información Ambiental (SIA), se deberán completar los formularios electrónicos que correspondan.

                Tener en cuenta:

·         Costo: 

·         No tiene.

·         Forma de solicitarlo: 

·         Presencial.

                Vínculos de interés

·         Web Mvotma

                Normativa Asociada:

·         Decreto Nº 349/005

Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental y Autorizaciones Ambientales

 

 

Autorización Ambiental Previa (AAP)

Última actualización: 17/08/2018 - Próxima actualización: 13/02/2019

Los organismos de la Administración Central no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Decreto N° 177/013).

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INICIAR TRÁMITE EN LÍNEAAUTORIZACIÓN AMBIENTAL PREVIA (AAP)

·         ¿Qué es?

Requerirán la Autorización Ambiental Previa (AAP) las actividades, construcciones u obras que se detallan en el Artículo 2 del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y Autorizaciones Ambientales (AA) (Decreto 349/2005 y modificativo Decreto 178/2009).

El procedimiento de la Autorización Ambiental Previa, consta de las siguientes etapas:

1.   Comunicación del proyecto (de acuerdo al artículo 4 del Decreto 349/05).

2.   Clasificación del proyecto (B o C).

3.   Solicitud de la Autorización Ambiental Previa (AAP).

4.   Puesta de manifiesto de un Informe Ambiental Resumen de la solicitud de Autorización Ambiental Previa.

5.   Audiencia pública; para aquellos proyectos clasificados como C, (o los B que DINAMA establezca).

6.   Resolución de otorgamiento de la Autorización Ambiental Previa.

Nota:

o    Para los proyectos clasificados bajo la categoría A, se procederá a otorgar la AAP por Resolución Ministerial sin más trámite, luego de emitido el Certificado de Clasificación del Proyecto.

o    Para los proyectos clasificados B o C el interesado deberá realizar a su costo y presentar a consideración de la DINAMA un Estudio de Impacto Ambiental.

                ¿De quién depende?

·         Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

·         Dirección Nacional de Medio Ambiente

                ¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?

En línea:

·         Ingresando al link o botón "Iniciar trámite en línea".

 

Presencial:

·         En Mesa de Entrada de la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama).Montevideo.

·         Dirección: Galicia 1133, planta baja.

·         Teléfono: 2917 0710 internos 5607 / 4559.

·         Horario de atención: De lunes a viernes de 09:15 a 16:00 horas.

 

 

                Acceso en Línea

Iniciar Trámite en Línea

                ¿Qué se necesita para realizarlo?

Requisitos generales:

Requisitos para la realización  presencial:

·         Para solicitar la AAP, el interesado deberá presentar en la Mesa de Entrada de la DINAMA, los siguientes documentos según el (artículo 9, Reglamento EIA/AA):

·         Nota de solicitud dirigida a la Señora Ministra, donde debe constar: nombre del titular del proyecto, domicilio constituído, número de teléfono y número de fax.

·         Designar un técnico ambiental responsable, el que debe estar inscripto en el Registro de profesionales de la DINAMA.

·         Certificado notarial de personería jurídica: original, una copia en papel y una copia en formato electrónico.

·         Certificado notarial de poder en caso de corresponder.

·         Timbre profesional por técnico firmante.

                ¿Cómo se hace?

En línea:

·         Ingresando al link o botón "Iniciar trámite en línea".

·         A través del acceso en línea y presentando luego en Mesa de Entrada el pdf generado junto al resto de la documentación solicitada.

 

Presencial:

2.   Presentándose con la documentación requerida en Mesa de Entrada de DINAMA.

3.   Para la Solicitud de Autorización Ambiental Previa (AAP) de los proyectos que fueron clasificados bajo la categoría B ó C, la solicitud deberá seguir la Guía de Solicitud de Autorización Ambiental Previa - Modificada por Resolución Ministerial 1389/2017, de fecha 8 de setiembre de 2017.

 

                Tener en cuenta:

·         Costo: 

·         No tiene.

Nota : Está asociado a un timbre profesional.

·         Forma de solicitarlo: 

·         En línea.

·         Presencial.

·         Otros datos de interés: 

Importante:

No podrán suscribir los documentos referidos (EsIA y IAR), ni intervenir en el EsIA (Estudio de Impacto Ambiental), o en la tramitación de la AAP como técnico profesional del solicitante de la AAP (inciso tercero del artículo 19, Reglamento de EIA/AA), los funcionarios y quienes se desempeñen bajo otras formas asimilables (como los contratos, por ejemplo) en:

·         El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente.

·         Los organismos públicos que soliciten la AAP o que deban decidir en otras autorizaciones que directamente requiera el proyecto.

Con la finalidad de proporcionar una identificación precisa y rápida de la información general que se aporta, se deberá completar y acompañar la nota con la siguiente información:

·         Denominación o título del proyecto.

·         Localización del proyecto.

·         Nombre completo o razón social precisa del titular del proyecto.

·         Cédula de Identidad (persona física) o RUT (persona jurídica) del titular del proyecto.

·         Nombre completo del o de los representantes legales o apoderados (si corresponde).

·         Cédula de Identidad del representante o apoderado firmante.

·         Domicilio real del titular del proyecto - Teléfono/fax.

·         Domicilio constituido a los efectos de las notificaciones - Teléfono/fax (si es diferente del domicilio real) Guía para Solicitud AAP 8.

·         Nombre del profesional responsable del ESIA (Estudio de Impacto Ambiental) y de la tramitación.

·         Domicilio del profesional - Teléfono/fax y correo electrónico.

·         Número de expediente donde se comunicó y clasificó el proyecto.

·         Nombre de otros autorizados a notificarse y acceder al expediente (si es necesario).

                Vínculos de interés

·         Web Mvotma

                Normativa Asociada:

·         Decreto N° 178/009

Decreto modificativo del Decreto 349/005, Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental y Autorizaciones Ambientales

·         Decreto Nº 162/014

Engorde a corral en la cuenca del Santa Lucía. Modificativo del Decreto 349/005

·         Decreto Nº 349/005

Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental y Autorizaciones Ambientales

·         Decreto Nº 72/016

Actividades de prospección sísmica submarina. Modificativo del Decreto 349/005

·         Resolución Ministerial Nº 1389/2017

 

Modificativa de la Guía para la Solicitud de Autorización Ambiental Previa en su punto 5.1 (Tipo de soporte, Número de copias e Idioma)

Plan de Gestión de Residuos Sólidos (PGRS)

Última actualización: 17/08/2018 - Próxima actualización: 13/02/2019

Los organismos de la Administración Central no podrán exigir requisitos adicionales a los aquí detallados (Decreto N° 177/013).

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INICIAR TRÁMITE EN LÍNEA

·         ¿Qué es?

El PGRS es una herramienta de planificación a mediano plazo, en el marco del Decreto 182/013, que permite identificar oportunidades y realizar mejoras en la gestión de los residuos de la actividad industrial, tomando como base al análisis de su situación actual.

El Decreto N°182/013, de 20 de junio de 2013, “Reglamento para la gestión ambientalmente adecuada de los residuos sólidos industriales y asimilados”, establece un marco para la gestión ambientalmente adecuada de residuos sólidos industriales, agroindustriales y de servicios, atendiendo a todos los aspectos que hacen a su gestión integral. Incluye, entre otras, las actividades de generación, clasificación, almacenamiento, transporte, reciclado, tratamiento y disposición final de este tipo de residuos.

La aprobación del PGRS por parte de la Dinama establecerá la frecuencia de actualización y presentación de informes de avance caso por caso.

Cuando se trate de un generador, sujeto a la autorización ambiental previa o especial otorgada por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 16.466, de 19 de enero de 1994 y su reglamentación, el Plan de gestión de los residuos sólidos deberá formar parte de solicitud de Autorización Ambiental Previa (AAP) o Autorización Ambiental Especial (AAE).

·         ¿De quién depende?

·         Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente

·         Dirección Nacional de Medio Ambiente

                        ¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?

En línea:

·         Ingresando al link o botón "Iniciar trámite en línea".

Presencial:

·         Dirección Nacional de Medio Ambiente.Montevideo.

·         Dirección: Galicia 1133.

·         Teléfono: 2917 0710 internos 5607 / 4559.

·         Horario de Atención: de lunes a viernes 09:15 a 16:00 horas.

                        Acceso en Línea

Iniciar Trámite en Línea

                        ¿Qué se necesita para realizarlo?

Requisitos generales:

·         Plan firmado por representante legal y profesional competente (original y copia).

·         Si el profesional competente no se encuentra registrado en el Registro de Profesionales de DINAMA, deberá presentar copia de título profesional autenticado por escribano o bien traer el original para autenticar copia.

·         Timbre profesional.

·         Certificado Notarial de Personería Jurídica y representación legal. Sólo en caso de utilizar firma electrónica y/o certificado notarial electrónico, no se deberá presentar el documento físico en Mesa de Entrada de Dinama.

·         Completar las Planillas requeridas.

                        ¿Cómo se hace?

En línea:

·         Ingresando al link o botón "Iniciar trámite en línea".  (Deberá contar con usuario de Cuenta ID Uruguay).

·         Ingresa los datos y adjuntos solicitados en el formulario web.

·         Tenga en cuenta que la realización en línea requerirá subir los archivos de la documentación solicitada en los formatos permitidos: jpg, png, pdf, doc, docx, odt, zip, rar (máx. 5 MB).

·         En caso de utilizar firma electrónica deberá descargar el documento Detalle de la solicitud y firmarlo electrónicamente por el representante legal de la empresa y el técnico actuante. Para firmar electrónicamente puede ingresar a https://firma.agesic.gub.uy/. De esta forma no necesitará presentarlo de forma física en la Dinama.

·         En caso de presentar Certificado notarial electrónico, deberá solicitar al profesional actuante enviar e documento electrónico a la dirección de correo administración.dinama@mvotma.gub.uy e identificarlo en el asunto con el código @@código. De esta forma no deberá presentarlo en forma física en la Dinama. 
 

 Presencial:

·         Deberá descargar el documento Detalle de la solicitud y presentarlo de forma física: una (1) vía del PGRS y una copia (esta última será sellada y quedará en poder de la empresa), en Mesa de Entrada de DINAMA, con firma del representante legal de la empresa y el técnico actuante.

                        Tener en cuenta:

·         Costo: 

§  No tiene.

Requiere timbre profesional cuyo valor depende del profesional que lo presente. Para chequear valor de timbre: http://www.cjppu.org.uy/timbres.php

·         Forma de solicitarlo: 

§  En línea.

§  Presencial.

 

 

                        Vínculos de interés

·         Capacidades para el transporte, el reciclado, otras formas de valorización, tratamiento y disposició

·         Reglamento para la gestión ambientalmente adecuada de los residuos sólidos industriales y asimilados

                        Normativa Asociada:

·         Decreto 182/013

Gestión ambientalmente adecuada de residuos derivados de actividades industriales y asimilables.

·         Decreto Nº 349/005

Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental y Autorizaciones Ambientales

·         RM 1708/013

 

Establece la presentación del Plan de Gestión de Residuos Sólidos, en el marco del Dec.182/013